Petición de permisos

Licencia de pesca

Obtención de la primera licencia

Las licencias de pesca se podrán obtener online:

1. Telemáticamente: Con los datos de su Documento Nacional de Identidad, o bien con certificado digital personal. Deberá abonar su licencia mediante tarjeta bancaria en el caso de tarjetas interautonómicas o rehala, o bien generar el documento bonificado 100% para el resto de licencias.

Acceso con certificado digital o sin certificado digital (requiere completar datos de IDESP disponibles en la tarjeta física del DNI):   Acceso con certificado digital (FNMT o DNI-e) o bien con nombre, apellidos, fecha de nacimiento e IDESP de su Documento Nacional de Identidad.   

En el caso de licencias “Bonificadas”, el documento obtenido será la licencia de caza/pesca válida (sin necesidad de realizar ningún pago).

Ayuda para facilitar los datos disponibles en su DNI:

Este sistema le permite acreditarse aportando los siguientes datos de identificación, que se verificarán contrastando las bases de datos de la Dirección General de la Polícia Nacional.

NIF/NIE: (*Obligatorio) Número de identificación de la persona solicitante, DNI o NIE en el caso de extranjeros.

IDESP/TIE: (*Obligatorio) Número del soporte físico del DNI/número de Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Más información sobre IDESP/TIE en el siguiente enlace:

Enlace información número de soporte IDESP/TIE

Nombre: (*Obligatorio) Nombreque figura en su DNI.

Primer Apellido: (*Obligatorio) Primer apellido que figura en su DNI.

Segundo apellido: (*Obligatorio) Segundo apellido que figura en su DNI.

Fecha de nacimiento: (*Obligatorio) Fecha de nacimiento que figura en su DNI, en formato DD/MM/YYYY.

2. Llamando al teléfono 012 del servicio gratuito de atención al ciudadano (Teléfono gratuito 983-327-850).

Deberá indicar los datos disponibles en si DNI conforme a la imagen anterior.

Obtención de la licencia interautonómica

El 14 de octubre de 2015 se materializó el convenio entre varias comunidades autónomas y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para el establecimiento de las LICENCIAS INTERAUTONÓMICAS DE CAZA Y PESCA EN AGUAS CONTINENTALES, y que entró en vigor a partir del 14 de noviembre.

Con fecha 13 de Octubre de 2017, se firma una nueva adhesión al convenio por parte de la Región de Murcia.

Finalmente 8 comunidades han suscrito el convenio:

  1. Aragón
  2. Asturias
  3. Castilla y León
  4. Comunidad Valenciana
  5. Extremadura
  6. Galicia
  7. Madrid
  8. Región de Murcia

¿Enqué consiste la nueva licencia?

Se trata de un documento único (para caza o para pesca) que simplifica los trámites administrativos para aquellos cazadores y pescadores que practiquen estas actividades en más de una comunidad autónoma, ya que con las licencias interautonómicas podrán cazar o pescar en los terrenos cinegéticos o ríos de las comunidades adheridas al convenio sin necesidad de realizar trámites adicionales.

El importe de las licencias será de 25€ para la licencia interautonómica de pesca. Permite realizar la actividad en cualquiera de sus modalidades durante su periodo de vigencia, que será de un año desde su expedición.

Esta nueva licencia no sustituye a las licencias ya existentes en Castilla y León, que seguirán funcionando y expidiéndose de la misma manera para aquellos cazadores/pescadores que solo deseen practicar la caza o la pesca en Castilla y León.

¿Cómo puedo obtener la licencia interautonómica?

Las licencias podrán expedirse:

A través de INTERNET:  Procedimiento de obtención de la licencia

Esta es la forma más cómoda, puesto que permite su obtención instantánea a través del abono de la tasa mediante tarjeta bancaria y su impresión desde cualquier ordenador, evitando desplazamientos a las oficinas administrativas.

Requisitos

Para acceder a ellas es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

  •  Ser ciudadano español o extranjero residente en España
  •  Abonar la tasa correspondiente (70€ para la de caza y 25€ para la de pesca)
  •  No encontrarse inhabilitado (por sanción administrativa en cualquiera de las Comunidades Autónomas signatarias o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal)
  •  Estar habilitado para la caza (mediante posesión de licencia antigua o haber superado el examen del cazador o sistema equivalente) y aportar los datos necesarios de la solicitud.

En cumplimiento de los principios de simplificación administrativa, para la expedición de la licencia interautonómica no es necesario aportar documentación acreditativa. Bastará con que el ciudadano realice una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigibles.

Domiciliación de licencias
Modalidad de pago no disponible para la renovación de licencias de pesca en Castilla y León.

La última remesa de licencias interautonómicas enviada a cobro y cerrada, comprende la emisión de licencias que entran en vigor entre el 16 y 23 de mayo de 2023. Si poseía una licencia interautonómica cuya entrada en vigor sea posterior al 23 de mayo de 2023, deberá renovar pagando con tarjeta bancaria.

NOVEDAD

Con la entrada en vigor de la Ley 2/2022, de 1 de diciembre, y la Ley 1/2023, de 24 de febrero se suspende la domiciliación para la obtención de las licencias de caza y la licencia de pesca.

Acceso para formalizar el pago con TPV: Renovación y duplicados de licencias

Renovación y duplicados de Licencia

Todas aquellas personas que posean una licencia de pesca interautonómica, recibirán de oficio en su correo electrónico (con antelación a la fecha de fin de la actual) la licencia renovada de tipo BP - Bonificada de Pesca

PODRÁ ACCEDER A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES ENLACES O BIEN LLAMANDO AL TELÉFONO 012 DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (Teléfono gratuito 983-327-850).

  • Acceso con número de licencia :  Acceso con los datos de su DNI/NIE/PASAPORTE y el número de una licencia de la que haya sido titular en los últimos 5 años.Debe renovarse antes de que caduque la licencia anterior
  • Acceso con datos del D.N.I. : Acceso sólo con los datos de su Documento Nacional de Identidad.
  • Acceso sólo con los datos de su Documento Nacional de Identidad.
  • Domiciliando el pago.

NOTA: Los beneficiarios, que cumpliendo con los requisitos exigidos estén exentos del pago de la licencia, DEBERÁN ACUDIR A LAS OFICINAS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS EN CADA UNO DE LOS SERVICIOS TERRITORIALES DE MEDIO AMBIENTE PARA SU RENOVACIÓN. EN ESTOS CASOS NO ES POSIBLE RENOVAR SU LICENCIA A TRAVÉS DE LA WEB.

Sorteo de cotos de pesca

SOLICITUD

Las solicitudes para participar en el sorteo para el acceso a los permisos de pesca podrán presentarse a través de las siguientes vías:

1. Las personas relacionadas en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberán presentar su solicitud de forma electrónica conforme al modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la página www.jcyl.es/cazaypesca. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.  Es decir, se podrán presentar las solicitudes de forma electrónica.

2. El resto de solicitantes que así lo deseen podrán presentar su solicitud de forma presencial en cualquiera de los registros previstos en el artículo 15 del Decreto 2/2003, conforme al siguiente modelo normalizado  Descarga el formulario de la Solicitud de Cotos de Pesca

RECOMENDACIONES A SEGUIR CON EL MODELO TELETRAMITABLE:

  • Si está completando el modelo online en la pestaña que le abre de forma automática en el navegador, tenga en cuenta que los problemas relacionados con algunos campos del formulario que aparecen en blanco y no le permite seleccionar nada, por ejemplo el del municipio, suelen venir asociados al tipo de navegador que usa al abrir el formulario teletramitable.
  • Para evitar este problema, le recomendamos que utilice una versión actualizada de Mozilla Firefox o de M. Edge, siempre que cuente con el plugin de Adobe Reader. Con el navegador Google Chrome suelen producirse este tipo de fallos que le indicamos.
  • No obstante, tenga en cuenta que NO tiene que rellenar el formulario de forma online. La MEJOR OPCIÓN es DESCARGARSE en su ordenador el modelo pdf, disponible en el apartado de Tramitación electrónica, pudiendo presentarlo también de forma electrónica, una vez cumplimentado.

REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES

  1. El número máximo de solicitantes que podrán formar parte de una misma solicitud será de diez.

  2. Un mismo solicitante sólo podrá figurar en una solicitud. En caso de estar incluido en más de una, ello supondrá su exclusión de la segunda y siguientes.
  3. El solicitante que encabece la solicitud será, a efectos administrativos, el representante del resto de los interesados que figuren en la misma. A tal efecto, acreditará la representación mediante declaración responsable conforme al modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León ( https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es ) y en la página www.jcyl.es/cazaypesca en la correspondiente solicitud.
  4. Deberá indicarse el número de licencia de pesca en vigor válida del solicitante que encabece la solicitud, su nombre y dos apellidos, así como su nº de D.N.I./N.I.E./Pasaporte, dirección completa, número de teléfono, preferentemente móvil, y correo electrónico.  Además, deberán consignarse los nombres y dos apellidos y D.N.I./N.I.E./Pasaporte del resto de interesados que figuren en la solicitud.
  5.  A efectos de lo dispuesto en esta orden, se entenderá por licencia de pesca en vigor válida, la que sea expedida en la Comunidad de Castilla y León, así como las licencias interautonómicas de pesca expedidas fuera de Castilla y León, en virtud del Convenio de colaboración suscrito el 14 de octubre de 2015 para el establecimiento de las licencias interautonómicas de caza y pesca en aguas continentales para todos sus territorios.

FECHAS DE REFERENCIA

Las principales fechas de referencia en relación con los COTOS DE PESCA:

  • Plazo de Presentación de solicitudes: 1-15 diciembre
  • Celebración del Sorteo: 8 de enero, a las 12:00 horas
  • Resultado público de solicitantes y franjas de llamadas: 12 de enero
  • Elección de los permisos: A partir del 20 de enero según el orden del sorteo
  • Plazo máximo de asignación de permisos: 2 de marzo

En el caso de los PERMISOS SOBRANTES EN COTOS DE PESCA:

  • Plazo de petición de permisos sobrantes: Desde el 9 de marzo 

PASOS A SEGUIR

Efectuado el sorteo para la adjudicación de los permisos de pesca el día 8 de enero, a las 12 horas, en el Servicio de Caza y Pesca de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Fomento y Medio Ambientese comunicará la primera solicitud agraciada, como primera solicitud para elegir cotos de pesca en Castilla y León correspondiente a la temporada.

Una vez efectuado el sorteo, el resultado del mismo se hará público a partir del 12 de enero tanto en la página www.jcyl.es/cazaypesca como en el Tablón de anuncios de los Servicios Territoriales, con la identificación de la solicitud, nombre y dos apellidos del solicitante que encabeza la solicitud, fecha y hora a partir de la cual se podrá realizar la elección de los permisos en cotos.

Asimismo, contendrá el número máximo de cotos elegibles en cada provincia por grupo de cotos, así como el número máximo de permisos a disfrutar por cada solicitante.

La elección de cotos comenzará desde el día 20 de enero, de modo que el agraciado en primer lugar podrá ya escoger coto de pesca desde las 8:00 horas de ese día, en las condiciones indicadas.

 Los permisos de pesca no adjudicados a través de sorteo quedarán disponibles para su elección como permisos SOBRANTES, desde el día 9 de marzo.

SORTEO Y PUBLICIDAD

1. Con anterioridad a la celebración del sorteo para la determinación del orden de preferencia en la elección de permisos, se expondrán las listas numeradas de solicitudes por orden de llegada, en el tablón de anuncios de cada Servicio Territorial y en la página  www.jcyl.es/cazaypesca      

2. El sorteo será público y tendrá lugar el día 8 de enero a las 12:00 horas, en el Servicio de Caza y Pesca de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal. Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal

C/ Rigoberto Cortejoso, 14 - C.P.: 47014 - Valladolid (Valladolid)

Teléfonos: 983 419 936 - 983 419 935

Fax: 983 419 933

 3. Una vez establecida la prelación de todas las solicitudes tras el sorteo, el resultado del mismo se hará público a partir del 12 de enero tanto en la página www.jcyl.es/cazaypesca como en el tablón de anuncios de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, con la identificación de la solicitud, nombre y dos apellidos del solicitante que encabeza la solicitud y fecha y hora a partir de la cual se podrá realizar la elección de los permisos en cotos.

Esta información también podrá obtenerse a través del servicio telefónico 012 (983 327 850) o en cualquiera de los teléfonos de los servicios territoriales de medio ambiente que estarán disponibles en la página de la Junta de Castilla y León www.jcyl.es

Condiciones y tarifas

Manual para la cumplimentación de solicitudes

Permisos sobrantes en cotos de pesca

  • Petición de permisos sobrantes

Los permisos de pesca no adjudicados a través de sorteo quedarán disponibles para su elección como permisos sobrantes, desde las 9 horas del día 9 de marzo.

Los interesados en acceder a los permisos sobrantes podrán consultar los permisos disponibles y solicitarlos de las dos formas siguientes: 

    1. Telefónicamente, a través del 012  o del 983 327 850 
    2. O a través del enlace: https://servicios.jcyl.es/cope/pagina-principal.action
  • Condiciones

En la elección de permisos sobrantes, se establecen las siguientes reglas: 

    • En una misma solicitud se podrán reservar permisos simultáneamente para un grupo de hasta cuatro personas. En todo caso, será necesario indicar D.N.I./N.I.E./Pasaporte y el número de licencia de pesca de Castilla y León en vigor del pescador que encabece la solicitud.
    • Podrán reservarse hasta cuatro permisos por persona y semana en cada provincia.
    • Desde el lunes de cada semana, desde las 8:00 horas podrán solicitarse los permisos correspondientes a esa semana y a la siguiente como máximo.
  • Pago y recepción de los permisos

El pago de los permisos sobrantes se realizará mediante tarjeta bancaria durante el momento de la elección. Los permisos no abonados desde su asignación a la solicitud serán reintegrados a la oferta de permisos disponibles.

Una vez efectuado el pago, el permiso se remitirá al interesado a través de SMS y/o correo electrónico. En el caso de que la elección se hubiera efectuado vía telefónica, también se podrá comunicar al interesado por este mismo sistema.

Cotos de pesca, EDS y AREC destinados a eventos deportivos

COTOS DE PESCA, EDS Y AREC DE CASTILLA Y LEÓN DESTINADOS A EVENTOS DEPORTIVOS QUE NO PODRÁN SER SOLICITADOS POR PESCADORES DURANTE LA TEMPORADA 2024:

Tal y como se indica en el Capítulo V de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León, relativo a las Autorizaciones Excepcionales que recoge en el Artículo 66. Competiciones deportivas y eventos sociales de pesca los siguientes aspectos:

1. Con carácter general, la reserva de tramos para la celebración de competiciones deportivas, entrenamientos deportivos de pescadores federados inscritos en campeonatos oficiales y que representen a la Comunidad Autónoma y eventos sociales de pesca únicamente podrá realizarse en los Escenarios Deportivo-Sociales de Pesca.

2. Excepcionalmente, cuando la magnitud de la competición lo requiera, la consejería competente en materia de pesca podrá autorizar la celebración de competiciones en otro tipo de aguas pescables, dando la oportuna publicidad.

3. La consejería competente en materia de pesca y las entidades colaboradoras de la misma, previa autorización, podrán organizar y promover la celebración de eventos de pesca en las aguas pescables de la Comunidad cuya finalidad sea la formación, fomento y divulgación de la pesca.

En aras al cumplimiento de estos objetivos, favoreciendo la participación social y la integración de dichos eventos en el calendario de pesca, se adjuntan los Cotos, AREC y Aguas de Acceso Libre en los cuales se celebrarán competiciones deportivas y eventos sociales de pesca, lo cual conlleva que en los días y tramos indicados no podrán solicitarse permisos para pescar en dichos tramos:

  • LVI Semana Internacional de la Trucha 2024 (31 de mayo al 9 de junio)
  • LVI CAMPEONATO DE ESPAÑA DE SALMÓNIDOS LANCE ABSOLUTO 2024 (20 al 26 de mayo)
  • II CAMPEONATO DE ESPAÑA DE SALMÓNIDOS MOSCA DÚOS ABSOLUTO 2024 (17 al 23 de junio)
  • XVIII CAMPEONATO DE ESPAÑA DE AGUA DULCE FLOTADOR CATEGORÍA DAMAS 2024 (16 al 22 de septiembre)

Para mayor información, puede consultar los cotos y días en que se desarrollarán los eventos deportivos indicados en la sección de EVENTOS.

 
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Aguas en Régimen Especial Controlado

  • Pases de control

- Tendrán tal consideración las masas de agua relacionadas en el el Anexo III de la  ORDEN FYM/44/2022, de 21 de enero, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca y el régimen de acceso se llevará a cabo en las condiciones definidas en la ORDEN FYM/1048/2016, de 28 de noviembre, por la que se determinan las normas que rigen el acceso a los permisos en los cotos de pesca y los pases de control en las aguas en régimen especial controlado y escenarios deportivos sociales de Castilla y León.

- En estas masas se podrá realizar la extracción de ejemplares de trucha común y de otras especies de entre las incluidas como pescables siguiendo el principio de sostenibilidad.

- El acceso a las aguas en régimen especial controlado durante el período en que se permita la extracción de ejemplares de trucha común requerirá un pase de control, que tendrá carácter gratuito.

- Cada pase de control consistirá en un localizador constituido por una cadena alfanumérica que es el sustituto digital del papel y será nominal, individual e intransferible. El pescador deberá llevar consigo el localizador durante el ejercicio de la pesca, debiendo proporcionarlo a cualquier agente de la autoridad cuando le sea requerido.

Los interesados en acceder a un pase de control podrán consultar y elegir los pases de control disponibles en la página web y solicitarlos, indicando D.N.I./N.I.E./Pasaporte y un número de licencia de pesca de Castilla y León en vigor, de estas dos formas:

   1. Telefónicamente, a través del 012 o del 983 327 850

   2. O a través del enlaceACCESO PETICIÓN PASES DE CONTROL

Una vez efectuada la elección del pase de control se remitirá al interesado una notificación a través de SMS y/o correo electrónico. En el caso de que la elección se hubiera efectuado vía telefónica, también se podrá comunicar al interesado por este mismo sistema. 

  • ¿Desde cuándo se puede solicitar permisos en AREC?

Los AREC tal y como figuran en la Orden Anual de Pesca se abren del siguiente modo de modo genérico aunque depende de cada AREC concreto conforme a lo descrito en su Plan de Pesca específico:

  • Zona Norte (provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora): Período hábil pesca trucha común desde el último sábado de marzo (30 de marzo). Quiere  decir que desde las 10:00 horas de la mañana del lunes día 18 de marzo, puede solicitar permisos AREC en dichas zonas (a dos semanas vistas).
  • Zona Sur (provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid): Período hábil pesca trucha común desde el tercer sábado de marzo (16 de Marzo). Quiere  decir que desde las 10:00 horas de la mañana del lunes día 4 de marzo, puede solicitar permisos AREC en dichas zonas (a dos semanas vistas).

Desde el lunes de cada semana, desde las 10:00 horas, podrán solicitarse los permisos  correspondientes a esa semana y a la siguiente como máximo.

Si a lo largo de la temporada un pescador ya ha disfrutado de dos pases de control para un mismo AREC, los pases de control para ese AREC, tanto en régimen de reserva anticipada como en régimen de acceso inmediato, se deberán solicitar a partir de las 8:00 horas del martes de cada semana.

  • Normas de acceso

Para el acceso a estas aguas regirán las siguientes normas:

  1. Cada titular de licencia de pesca en vigor podrá solicitar pases de control únicamente para sí mismo.
  2. Reserva de pases de control: Cada titular de licencia disfrutará cada temporada en régimen de reserva de un máximo de 15 pases de control. Desde el lunes de cada semana un pescador podrá reservar anticipadamente como máximo dos pases de control para esa semana en curso, y un pase de control para la semana siguiente. En ningún caso, a través de la reserva anticipada, se podrá superar el límite de dos pases de control en AREC por semana.
  3. Pases de control de acceso inmediato: Desde el lunes de cada semana y hasta el domingo de esa misma semana podrá solicitar en su caso, pases de control de acceso para ese mismo día y el siguiente, independientemente del número de pases de control AREC disfrutados en esa temporada en régimen de reserva.
  4. Si a lo largo de la temporada un pescador ya ha disfrutado de dos pases de control para un mismo AREC, los pases de control para ese AREC, tanto en régimen de reserva anticipada como en régimen de acceso inmediato, se deberán solicitar a partir del martes de cada semana.
  5. Un mismo pescador no podrá disfrutar simultáneamente en el mismo día, de un pase de control en un EDS, AREC o de un permiso en coto de pesca. El permiso o pase de control que haya sido solicitado en primer lugar prevalecerá sobre el resto.

A continuación se muestra un ejemplo práctico para la elección de tramos:

Ejemplos para la elección de EDS Trucheros y AREC

Escenarios deportivos sociales

Acceso a EDS para desarrollar competiciones oficiales de Pesca:

Fecha de petición: Desde las 8:00 horas del día 1 de Enero   

La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting deberá solicitar la celebración de las competiciones oficiales de pesca en los EDS entre el 1 de enero y el 14 de febrero de cada año, ambos incluidos y, en todo caso, con, al menos, un mes de antelación a la fecha del primer campeonato oficial que pretenda celebrar  a través del siguiente enlace:

https://servicios.jcyl.es/cope/login-entidad.action

Las solicitudes para el acceso a los EDS para desarrollar competiciones oficiales de pesca tendrán prioridad sobre el resto de las actividades para el acceso a la práctica de la pesca en los EDS.

  • Requerimientos:

La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting se identificará a través de su C.I.F. y de una clave alfanumérica proporcionada por la dirección general competente en materia de pesca.

  • Calendario:

El calendario de fechas y escenarios en los que se vayan a celebrar los campeonatos federativos está disponible, a través del siguiente enlace:

 https://medioambiente.jcyl.es/web/jcyl/MedioAmbiente/es/Plantilla100/1284399762517/_/_/_

  • Quienes pueden presentar dicha solicitud:

La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting

  • Número máximo de jornadas a disfrutar:

- En ningún caso estos campeonatos podrán ocupar, respectivamente, más del 60% del conjunto de sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico incluidos en el calendario de pesca de cada escenario deportivo-social.

- Asimismo, no se podrá superar el 75% de sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico, de los meses de mayo, junio y julio en su conjunto en escenarios deportivo-sociales de salmónidos y de los meses de junio, julio y agosto en su conjunto en escenarios deportivo-sociales de ciprínidos.

  • Relación de pescadores participantes

La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting deberá presentar, por vía electrónica a través del mismo enlace a través del cual presentó su solicitud e identificándose con su CIF y contraseña, una relación cerrada de los pescadores participantes además de sus números de D.N.I, y licencia de pesca en vigor válidacon al menos tres días de antelación a la fecha en la que se pretenda celebrar la actividad.

  • Autorización del evento

Presentada la solicitud y la relación de pescadores participantes, el titular de la jefatura del servicio competente en materia de pesca de la correspondiente dirección general autorizará, por vía electrónica, la celebración de las competiciones solicitadas, para las fechas y escenarios elegidos, con las condiciones y limitaciones de uso de los mismos.

Esta autorización, en su caso, conllevará que no sea necesaria la emisión de pases de control como documentos nominales, individuales e intransferibles.

  • Relación de capturas

En todo caso, en un plazo máximo de diez días desde la celebración de la actividad autorizada, La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting deberá presentar, por vía electrónica a través de la misma aplicación indicada, una relación de las capturas obtenidas en cada jornada.

 

Acceso a los EDS para desarrollar competiciones oficiales de pesca:

 Fecha de petición: Desde las 8:00 horas del día 1 de Enero        

La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting deberá solicitar la celebración de las competiciones oficiales de pesca en los EDS entre el 1 de enero y el 14 de febrero de cada año, ambos incluidos y, en todo caso, con, al menos, un mes de antelación a la fecha del primer campeonato oficial que pretenda celebrar  a través del siguiente Enlace

ACCESO PETICIÓN PERMISOS EDS  FEDERACIÓN CASTELLANO LEONESA DE PESCA Y CASTING  Gestión de Cotos de Pesca     

Las solicitudes para el acceso a los EDS para desarrollar competiciones oficiales de pesca tendrán prioridad sobre el resto de actividades para el acceso a la práctica de la pesca en los EDS.

  • Requerimientos:

La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting se identificará a través de su C.I.F. y de una clave alfanumérica proporcionada por la dirección general competente en materia de pesca.

  • Calendario:

El calendario de fechas y escenarios en los que se vayan a celebrar los campeonatos federativos está disponible, a través del siguiente enlace:  https://medioambiente.jcyl.es/web/jcyl/MedioAmbiente/es/Plantilla100/1284399762517/_/_/_  

  • Quienes pueden presentar dicha solicitud

La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting

  • Número máximo de jornadas a disfrutar

- En ningún caso estos campeonatos podrán ocupar, respectivamente, más del 60% del conjunto de sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico incluidos en el calendario de pesca de cada escenario deportivo-social.

- Asimismo, no se podrá superar el 75% de sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico, de los meses de mayo, junio y julio en su conjunto en escenarios deportivo-sociales de salmónidos y de los meses de junio, julio y agosto en su conjunto en escenarios deportivo-sociales de ciprínidos.

  • Relación de pescadores participantes

La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting deberá presentar, por vía electrónica a través del mismo enlace a través del cual presentó su solicitud  Gestión de Cotos de Pesca e identificándose con su CIF y contraseña, una relación cerrada de los pescadores participantes además de sus números de D.N.I, y licencia de pesca en vigor válida, con al menos tres días de antelación a la fecha en la que se pretenda celebrar la actividad.

  • Autorización del evento

Presentada la solicitud y la relación de pescadores participantes, el titular de la jefatura del servicio competente en materia de pesca de la correspondiente dirección general autorizará, por vía electrónica, la celebración de las competiciones solicitadas, para las fechas y escenarios elegidos, con las condiciones y limitaciones de uso de los mismos.

Esta autorización, en su caso, conllevará que no sea necesaria la emisión de pases de control como documentos nominales, individuales e intransferibles.

  • Relación de capturas

En todo caso, en un plazo máximo de diez días desde la celebración de la actividad autorizada, La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting deberá presentar, por vía electrónica a través de la misma aplicación indicada, una relación de las capturas obtenidas en cada jornada.

Acceso a EDS a disposición de todos los pescadores

Tendrán tal consideración las masas de agua contenidas en el Anexo II de la ORDEN FYM/44/2022, de 21 de enero, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca  y el régimen de acceso se llevará a cabo en las condiciones definidas en la ORDEN FYM/1048/2016, de 28 de noviembre, por la que se determinan las normas que rigen el acceso a los permisos en los cotos de pesca y los pases de control en las aguas en régimen especial controlado y escenarios deportivos sociales de Castilla y León. Para el acceso a los mismos será preciso disponer de pase de control.

La pesca, tanto de salmónidos como de ciprínidos, en las referidas masas de agua se realizará siempre en la modalidad de pesca sin muerte y, en consecuencia, el cupo de capturas será cero, salvo en el caso de especies exóticas invasoras, donde no existirá cupo.

  • Pases de control

- Para el acceso a las fechas no ocupadas de cada EDS, cada pescador deberá disponer un pase de control, que tendrá carácter gratuito.        

- Cada pase de control consistirá en un localizador constituido por una cadena alfanumérica y será nominal, individual e intransferible. El titular de licencia deberá llevar consigo el localizador durante el ejercicio de la pesca, debiendo proporcionarlo a cualquier agente de la autoridad cuando le sea requerido.  

- Los interesados en acceder a un pase de control podrán consultar los pases de control disponibles en la página:

 https://medioambiente.jcyl.es/web/jcyl/MedioAmbiente/es/Plantilla100/128...

- Podrán solicitarlos indicando D.N.I./N.I.E./Pasaporte y un número de licencia de pesca en vigor válida de alguna de las formas siguientes:

  1. Telefónicamente, a través del 012 o del 983 327 850
  2. O a través del enlace:  ACCESO PETICIÓN PASES DE CONTROL

- Una vez efectuada la elección del pase de control se remitirá al interesado una notificación a través  de    SMS y/o correo electrónico. En el caso de que la elección se hubiera efectuado vía telefónica, también se podrá comunicar al interesado por este mismo sistema.   

 ¿Desde cuándo se puede solicitar permisos en EDS?

  • En el caso de EDS NO TRUCREROS, están abiertos durante todo el año desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de forma ininterrumpida, pudiendo solicitar pase de control para acceder a los mismos, conforme se indica en el apartado anterior.
  • En el caso de EDS TRUCHEROS, su período de apertura está condicionado al período de apertura para la trucha. Los EDS localizados en aguas trucheras tal y como figuran en la Orden Anual de Pesca (ORDEN FYM/1841/2022, de 15 de diciembre, por la que se aprueba la Orden de Pesca para el año 2019) se abren del siguiente modo de forma genérica aunque depende de cada EDS concreto conforme a lo descrito en su Plan de Pesca específico:
      • Zona Norte (provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora): Período hábil pesca trucha común desde el último sábado de marzo (30 de marzo). Quiere  decir que desde las 10:00 horas de la mañana del lunes día 18 de marzo, puede solicitar permisos EDS en dichas zonas (a dos semanas vistas).
      • Zona Sur (provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid): Período hábil pesca trucha común desde el tercer sábado de marzo (16 de Marzo). Quiere  decir que desde las 10:00 horas de la mañana del lunes día 4 de marzo, puede solicitar permisos EDS en dichas zonas (a dos semanas vistas).

Horarios: 
Desde el lunes de cada semana, desde las 10:00 horas podrán solicitarse los permisos correspondientes a esa semana y a la siguiente como máximo.

Si a lo largo de la temporada un pescador ya ha disfrutado de dos pases de control para un mismo EDS, los pases de control para ese EDS, tanto en régimen de reserva anticipada como en régimen de acceso inmediato, se deberán solicitar a partir de las: 8:00 horas del martes de cada semana.

  • Normas de acceso

Para el acceso a estas aguas regirán las siguientes normas:

  1. Cada titular de licencia de pesca en vigor podrá solicitar pases de control únicamente para sí mismo.
  2. Reserva de pases de control: Cada titular de licencia disfrutará cada temporada en régimen de reserva de un máximo de 15 pases de control. Desde el lunes de cada semana un pescador podrá reservar anticipadamente como máximo dos pases de control para esa semana en curso, y un pase de control para la semana siguiente. En ningún caso, a través de la reserva anticipada, se podrá superar el límite de dos pases de control en AREC por semana. En los EDS de Ponferrada, Santa Marina del Rey y Villanueva del Carrizo en la provincia de León, cada pescador sólo podrá disfrutar de dos pases de control por temporada en cada uno de los escenarios.
  3. Pases de control de acceso inmediato: Desde el lunes de cada semana y hasta el domingo de esa misma semana podrá solicitar en su caso, pases de control de acceso para ese mismo día y el siguiente, independientemente del número de pases de control AREC disfrutados en esa temporada en régimen de reserva.
  4. Si a lo largo de la temporada un pescador ya ha disfrutado de dos pases de control para un mismo EDS, los pases de control para ese EDS, tanto en régimen de reserva anticipada como en régimen de acceso inmediato, se deberán solicitar a partir del martes de cada semana.
  5. Un mismo pescador no podrá disfrutar simultáneamente en el mismo día, de un pase de control en un EDS, AREC o de un permiso en coto de pesca. El permiso o pase de control que haya sido solicitado en primer lugar prevalecerá sobre el resto.
  • Limitaciones adicionales en EDS.

En los EDS de  Ponferrada, Santa Marina del Rey y Villanueva del Carrizo en la provincia de León, cada pescador sólo podrá disfrutar de dos pases de control en régimen de reserva anticipada por temporada en cada uno de los escenarios.

A continuación se muestra un ejemplo práctico para la elección de tramos:

Ejemplos para la elección de EDS Trucheros y AREC 2023

Sorteo de permisos turísticos

Desde el siguiente enlace se podrá acceder directamente a la aplicación para la petición de los permisos de pesca “reservados a empresas turísticas” correspondientes al Sorteo de Cotos de Pesca de Castilla y León:  https://servicios.jcyl.es/cope/pagina-principal.action

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LOS PERMISOS DE PESCA TURÍSTICOS?

Podrán solicitar estos permisos las personas físicas o jurídicas que realicen alguna de las siguientes actividades:

  • Establecimientos de alojamiento turístico contemplados en el artículo 30 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León.
  • Actividades de intermediación turística previstas en el artículo 49 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre.
  • Prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas, por parte de empresas turísticas.

PORCENTAJE DE PERMISOS EN COTOS DE PESCA RESERVADOS A EMPRESAS TURÍSTICAS

  • Se reserva el 5% de los permisos disponibles en los cotos de pesca para la temporada, para su adjudicación entre empresas turísticas por los procedimientos establecidos en los artículos 11 y 12 del Decreto 33/2017, de 9 de noviembre.  Este porcentaje no supera el 10 % del conjunto de permisos en el cómputo regional, el 15 % del conjunto de permisos de cada provincia, el 15 % de los permisos de los cotos de alta ocupación ni el 30 % de los permisos del resto de cotos.
  • Esta reserva del 5% se asignará entre las actividades siguientes a través de los siguientes porcentajes:
  • Establecimientos de alojamiento turístico40 % de los permisos turísticos.
  • Actividades de intermediación turística30 % de los permisos turísticos.
  • Prestación de servicios por parte de empresas turísticas: 30 % de los permisos turísticos. 

PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE PERMISOS TURÍSITICOS

En una primera fase se convoca el sorteo en el que se asignará un orden de prioridad para la elección de los permisos reservados a las empresas turísticas para esta temporada.

El plazo de presentación de solicitudes para participar en el sorteo es el comprendido entre el 1 y el 15 de diciembre, ambos incluidos. No se admitirán las solicitudes registradas fuera de plazo.

Cada empresa turística solo podrá presentar una solicitud, aunque realice varias actividades turísticas o su ámbito de actividad profesional sea supraprovincial. En su solicitud la empresa deberá optar por una de las siguientes actividades: establecimientos de alojamiento turístico, actividades de intermediación turística, prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas. En caso de presentar más de una solicitud se considerará como válida la primera registrada.

A cada solicitud registrada se le asignará un número correlativo en función del orden de presentación por actividad en la sede electrónica.

El día 8 de enero, a las 12:00, se realizará un sorteo público en la  Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, calle Rigoberto Cortejoso, 14, en Valladolid, el que se determinará el orden de prioridad para la elección de permisos. Con anterioridad a la celebración del sorteo se publicará en la Sede Electrónica las tres listas numeradas de solicitudes por actividad a la que opta (establecimientos de alojamiento turístico, actividades de intermediación turística, prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas).

Una vez efectuado el sorteo, la  Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, resolverá y publicará el orden de prelación y el periodo de elección para cada empresa solicitante en la Sede Electrónica antes del 12 de enero de 2024. La elección comenzará por los establecimientos de alojamiento turístico, seguidos de las actividades de intermediación turística y por último las de prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas.

FECHAS

Las principales fechas de referencia en relación con los PERMISOS DE PESCA TURÍSTICOS:

Plazo de Presentación de solicitudes: 1-15 diciembre

Celebración del Sorteo: 8 de enero, a las 12:00 horas

Resultado público de solicitantes y franjas de llamadas: 12 de enero

Elección de los permisos: A partir del 5 de febrero según el orden del sorteo

Plazo máximo de asignación de permisos: 2 de marzo 

En el caso de los PERMISOS TURÍSTICOS SOBRANTES EN COTOS DE PESCA:

 Plazo de petición de permisos turísticos sobrantes: Desde el 4 de marzo

ELECCIÓN, CUPOS Y PAGO DE LOS PERMISOS TURÍSTICOS TRAS EL SORTEO

Las empresas turísticas podrán elegir los permisos turísticos conforme a su orden de prioridad. En todo caso, el plazo de elección finalizará el 4 de marzo.

La elección se realizará a través de la Sede Electrónica mediante la clave proporcionada por la Dirección General.

Los establecimientos de alojamiento turístico solo podrán elegir permisos de pesca de cotos correspondientes a la provincia donde radique la dirección del inmueble de pernoctación del pescador.

Se establecen los siguientes valores máximos de elección por empresa turística: diez permisos turísticos en el mismo día, cuarenta permisos en la misma semana, doscientos permisos a lo largo de la temporada. No obstante, la Dirección General podrá autorizar la elección de permisos en un número superior a aquellas empresas turísticas que mediante memoria motivada justifiquen la necesidad de disponer de un mayor número de permisos para el desarrollo de una actividad turística concreta.

Conforme al artículo 11.3 del Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, los permisos se reservarán a favor del adjudicatario hasta 15 días antes de su fecha de vigencia. Transcurrido ese plazo sin que hubieran sido abonados, se pondrán a disposición del conjunto de pescadores como permisos sobrantes.

La empresa turística deberá abonar el permiso, admitiéndose como único medio de pago la tarjeta bancaria. Efectuado el pago, la empresa turística recibirá el localizador mediante SMS y/o correo electrónico. Solo procederá la devolución del importe del permiso en los casos en los que la Dirección General hubiera acordado la suspensión de la pesca en la misma fecha y coto del correspondiente permiso. No obstante, existe la posibilidad de anular los permisos directamente, siempre que lo realizaran con una antelación mínima de 7 días, sin necesidad de justificación alguna. El importe que será cargado en su bono personal que tiene como fecha límite de empleo el 31 de diciembre del año en curso.

OBLIGACIONES PARA LAS EMPRSAS TURÍSTICAS ADJUDICATARIAS

La empresa turística adjudicataria deberá facilitar el permiso turístico al pescador, puesto que deberá estar en su posesión durante el ejercicio de la pesca.

La empresa turística adjudicataria estará obligada a identificar al pescador cesionario con al menos tres días de antelación a la fecha de validez del permiso de pesca turístico. El acto de cesión se realizará mediante medios telemáticos a través del acceso proporcionado por la Dirección General. Los datos mínimos de identificación del pescador consistirán en el número de licencia de pesca, nombre, apellidos, nº de D.N.I./N.I.E./Pasaporte, domicilio, número de teléfono y correo electrónico. La ausencia de acto de cesión o la omisión de los datos de filiación indicados supondrá la anulación del permiso, aun cuando el importe del mismo hubiera sido abonado.

Esta información también podrá obtenerse a través del servicio telefónico 012 (983 327 850) o en cualquiera de los teléfonos de los servicios territoriales de medio ambiente que estarán disponibles en la página de la Junta de Castilla y León http://www.jcyl.es

Antes de cumplimentar y entregar la solicitud, se recomienda la lectura de la la Resolución de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se establece el porcentaje de los permisos de pesca reservados a empresas turísticas  y se realiza la convocatoria del sorteo. 

Resolución por el que se establece el porcentaje de permisos que se reservará para su adjudicación entre empresas turísticas (2.227 kbytes)

Los diferentes cotos de pesca de cada provincia con sus períodos hábiles, cupos, longitudes mínimas, cebos, número de permisos, límites y otros atributos, pueden consultarse en  ORDEN MAV/377/2023, de 14 de marzo   por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca.

Condiciones y tarifas

Manual para la complimentación de solicitudes

Manual para proceder al alta de una empresa turística que desea acceder a los permisos de pesca turísticos

Manual para la elección de permisos de pesca turísticos

Permisos sobrantes turísticos en cotos de pesca

QUIÉN PUEDE SOLICITAR LOS PERMISOS DE PESCA TURÍSTICOS

Podrán solicitar estos permisos las personas físicas o jurídicas que realicen alguna de las siguientes actividades:

  • Establecimientos de alojamiento turístico contemplados en el artículo 30 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León.
  • Actividades de intermediación turística previstas en el artículo 49 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre.
  • Prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas, por parte de empresas turísticas.

ALTA DE LA EMPRESA TURÍSTICA PARA ACCEDER A LOS PERMISOS DE PESCA TURÍSTICOS

Cada empresa turística solo podrá presentar una solicitud de alta, aunque realice varias actividades turísticas o su ámbito de actividad profesional sea supraprovincial. En su solicitud la empresa deberá optar por una de las siguientes actividades: establecimientos de alojamiento turístico, actividades de intermediación turística, prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas. En caso de presentar más de una solicitud se considerará como válida la primera registrada.

Toda empresa turística deberá darse de alta una única vez, es decir, SI LA EMPRESA YA HA PARTICIPADO EN EL SORTEO DE PERMISOS DE PESCA TURÍSTICOS, YA TIENE UNA CONTRASEÑA ADJUDICADA Y NO DEBE VOLVER A REPETIR EL PROCEDIMIENTO.

Una vez que cualquier empresa turística que cumpla con las condiciones indicadas, haya procedido a darse de alta, tendrá una contraseña, que deberá conservar, de forma que siempre podrá utilizar la misma para la solicitud de los permisos.

El formulario que deberán cumplimentar las empresas turísticas deberá cumplimentarse de forma electrónica:

  1. Desde este enlace podrá acceder directamente a la aplicación para la cumplimentación del formulario de Alta de Solicitud de Permisos Turísticos https://servicios.jcyl.es/cope/pagina-principal.action
  2. O bien, accediendo directamente al formulario disponible en la sede electrónica de la aplicación https://servicios.jcyl.es/cope/alta-solicitud-sorteo-permisos-turisticos.action

 

PETICIÓN DE PERMISOS DE PESCA SOBRANTES RESERVADOS A EMPRESAS TURÍSTICAS

Una vez que la empresa hubiera sido dada de Alta, podrá asignarse los permisos, necesitando emplear la contraseña proporcionada:

Los permisos de pesca no adjudicados a través de sorteo quedarán disponibles para su elección como permisos sobrantes, desde las 8 horas del día 4 de marzo.

Los interesados en acceder a los permisos sobrantes reservados a empresas turísticas, deberán estar previamente dadas de alta en la página web para poder consultar los permisos disponibles y solicitarlos de las dos formas siguientes: 

                         1. Telefónicamente, a través del 012  o del 983 327 850  

                        2. O a través del enlace: ACCESO PETICIÓN PERMISOS SOBRANTES COTOS DE PESCA

FECHAS

 Plazo de petición de permisos turísticos sobrantes: Desde el 4 de marzo

 

ELECCIÓN, CUPOS Y PAGO DE LOS PERMISOS TURÍSTICOS TRAS EL SORTEO

  1. La elección se realizará a través de la Sede Electrónica mediante la clave proporcionada por la Dirección General.
  2. Los establecimientos de alojamiento turístico solo podrán elegir permisos de pesca de cotos correspondientes a la provincia donde radique la dirección del inmueble de pernoctación del pescador.
  3. Se establecen los siguientes valores máximos de elección por empresa turística: diez permisos turísticos en el mismo día, cuarenta permisos en la misma semana, doscientos permisos a lo largo de la temporada. No obstante, la Dirección General podrá autorizar la elección de permisos en un número superior a aquellas empresas turísticas que mediante memoria motivada justifiquen la necesidad de disponer de un mayor número de permisos para el desarrollo de una actividad turística concreta.
  4. Conforme al artículo 11.3 del Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, los permisos se reservarán a favor del adjudicatario hasta 15 días antes de su fecha de vigencia. Transcurrido ese plazo sin que hubieran sido abonados, se pondrán a disposición del conjunto de pescadores como permisos sobrantes.
  5. La empresa turística deberá abonar el permiso, admitiéndose como único medio de pago la tarjeta bancaria. Efectuado el pago, la empresa turística recibirá el localizador mediante SMS y/o correo electrónico. Solo procederá la devolución del importe del permiso en los casos en los que la Dirección General hubiera acordado la suspensión de la pesca en la misma fecha y coto del correspondiente permiso.

OBLIGACIONES PARA LAS EMPRSAS TURÍSTICAS ADJUDICATARIAS

  • La empresa turística adjudicataria deberá facilitar el permiso turístico al pescador, puesto que deberá estar en su posesión durante el ejercicio de la pesca.
  • La empresa turística adjudicataria estará obligada a identificar al pescador cesionario con al menos tres días de antelación a la fecha de validez del permiso de pesca turístico. El acto de cesión se realizará mediante medios telemáticos a través del acceso proporcionado por la Dirección General. Los datos mínimos de identificación del pescador consistirán en el número de licencia de pesca, nombre, apellidos, nº de D.N.I./N.I.E./Pasaporte, domicilio, número de teléfono y correo electrónico. La ausencia de acto de cesión o la omisión de los datos de filiación indicados supondrá la anulación del permiso, aun cuando el importe del mismo hubiera sido abonado.

Esta información también podrá obtenerse a través del servicio telefónico 012 (983 327 850) o en cualquiera de los teléfonos de los servicios territoriales de medio ambiente que estarán disponibles en la página de la Junta de Castilla y León https://medioambiente.jcyl.es

Calendario resumen

Condiciones y tarifas

Reembolso de permisos de pesca no disfrutados (BONO)

Los permisos de pesca en los cotos elegidos y pagados en la fase de sorteo y en sobrantes podrán ser anulados con una antelación mínima de 7 días, sin necesidad de justificación. El reembolso de estos permisos se efectuará en forma de bono para ser disfrutado en futuros permisos de pesca en cotos, con fecha límite el 31 de diciembre de 2024.

1. ¿Cómo funciona el mecanismo de anulación de un permiso en un coto de pesca? El pescador podrá cancelar un permiso en un coto de pesca a través de las siguientes vías:

Telefónicamente, a través del 012  o del 983 327 850 

O directamente a través de la aplicación informática de cotos de pesca

2. ¿Plazo de que se dispone para cancelar un permiso en un coto de pesca?

El pescador dispondrá de la opción de anular un permiso, con una antelación mínima de 7 días a la fecha de disfrute del permiso. Cuando un pescador entre en la aplicación de cotos, esta le mostrará un contador de tiempo de cada permiso, que le indicará el tiempo de que dispone antes de que esa opción no pueda hacerse efectiva.

 El permiso no disfrutado se ofertará como sobrante, de tal forma que otro pescador podría utilizarlo.

3. ¿Es necesario alguna justificación para solicitar el reintegro?

No. No es necesaria ninguna justificación.

4. ¿Qué sucede con el importe de los permisos en cotos de pesca que son cancelados por este procedimiento?

El dinero se acumulará en forma de bono, que el pescador podrá utilizara en cualquier momento para el pago de nuevos permisos en los cotos de pesca.

5. ¿Hasta qué fecha se puede aprovechar el dinero acumulado en la Bolsa o Bono?

El dinero existente en el bono podrá utilizarse en el pago de permisos en cotos de pesca hasta el día 31 de diciembre del año 2024. De no utilizarse, se perdería.

6. ¿Puede utilizarse el dinero acumulado en el bono con otros pescadores?

SI. Aunque el importe del bono no podrá transferirse a ningún pescador/empresa o guía turístico, el titular del bono podrá hacer uso de él incluyendo a otros pescadores que le acompañen o formen parte de su solicitud.

7. ¿Qué sucede si el importe de la Bolsa o Bono no cubre en su totalidad el pago del permiso/s adjudicados que se soliciten?

El importe restante se abonará con tarjeta bancaria (imaginemos que un pescador tiene 12 euros en su bono y el nuevo permiso que solicita cuesta 18 euros; la aplicación le solicitará el pago de los 6 euros restantes mediante tarjeta bancaria).

8. ¿Qué sucede si llegado el 31 de diciembre de 2024 no he utilizado el importe de mi bono?

Se perderá y no existe posibilidad de solicitar la devolución